EMIGRAR      A      ESPAÑA

 

 

Asesoramiento legal especializado en derecho de extranjeria e inmigración

 

 

PRORROGA DE ESTANCIA

 

El ciudadano extranjero que haya entrado en España para fines que no sean de trabajo o residencia, salvo en los casos de ser titular de un visado para búsqueda de empleo, y se encuentre en uno de los supuestos de estancia establecidos en  la legislacion vigente, podrá solicitar una prórroga de estancia, con el límite temporal previsto en las disposiciones pertinentes.

 

En los supuestos de entrada con visado, cuando la duración de éste sea inferior a tres meses, se podrá prorrogar la estancia, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses en un período de seis.

 

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