TRÁMITES
PERMISOS DE TRABAJO Y RESIDENCIA
EXPULSIONES




VIVIR Y TRABAJAR EN ESPAÑA
Asesoramiento legal especializado en derecho de extranjeria e inmigración
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR OPCION
Quien se le haya determinado la filiación o el nacimiento
en España después de los dieciocho años de edad, teniendo un
plazo para optar por la nacionalidad española de dos años a
contar desde la determinación.
El adoptado mayor de dieciocho años adoptado por un español puede optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
Quien esté o haya estado sujeto a la patria potestad de un español.
Adquisicion de nacionalidad por presuncion
NACIONALIDAD POR CONSOLIDACION