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 VIVIR Y TRABAJAR EN ESPAÑA

 

 

 

 

Asesoramiento legal especializado en derecho de extranjeria e inmigración

 

 

NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR ORIGEN

 

 

Modalidades de obtención de la nacionalidad española por origen:

 

  1. Los nacidos de padre o madre españoles.
     
  2. Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. (No se incluyen los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España).
     
  3. Los nacidos en España de padres extranjeros, si ninguno de ellos tiene nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
     
  4. Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se consideran nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea en territorio español.
     
  5. El extranjero menor de dieciocho años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen.

 

NACIONALIDAD POR ORIGEN

 

NACIONALIDAD POR OPCION

 

NACIONALIDAD POR CONSOLIDACION

 

NACIONALIDAD POR RESIDENCIA