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VIVIR
Y TRABAJAR EN ESPAÑA
Asesoramiento
legal especializado en derecho de extranjeria
e inmigración
NACIONALIDAD
ESPAÑOLA
POR ORIGEN
Modalidades de obtención de la
nacionalidad española por origen:
- Los nacidos de padre o madre españoles.
- Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos,
uno de ellos hubiera nacido también en España. (No se
incluyen los hijos de funcionario diplomático o consular
acreditado en España).
- Los nacidos en España de padres extranjeros, si ninguno
de ellos tiene nacionalidad o si la legislación de ninguno
de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
- Los nacidos en España cuya filiación no resulte
determinada. A estos efectos, se consideran nacidos en
territorio español los menores de edad cuyo primer lugar
conocido de estancia sea en territorio español.
- El extranjero menor de dieciocho años adoptado por un
español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad
española de origen.
NACIONALIDAD POR ORIGEN
NACIONALIDAD POR OPCION
NACIONALIDAD POR CONSOLIDACION
NACIONALIDAD POR RESIDENCIA